Acordado en sesión de la Corporación Municipal el 31 de Octubre de 1979.
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En este apartado se expone la información de los expedientes aprobados inicialmente por los órganos de gobierno y sometidos al trámite de información pública con el objetivo de que los ciudadanos puedan formular las alegaciones que considere oportunas. En cada uno de os expedientes se señala el plazo en los que cabe realizar las alegaciones que se consideren.
Una Ordenanza es una disposición o mandato. Es un tipo de norma jurídica que forma parte de un reglamento y que está subordinada a una ley. La ordenanza municipal es aquella dictada por la máxima autoridad de un ayuntamiento (alcalde o alcaldesa) con validez dentro del municipio o territorio.
Tradicionalmente se habla de "Ordenanzas" para referirse a las normas municipales con efectos sobre los ciudadanos y de "Reglamentos" para las normas internas, de autoorganización. Sin embargo se trata de dos términos que expresan una misma realidad jurídica: normas de naturaleza reglamentaria elaboradas por el Pleno de un Ayuntamiento.
Las Comisiones Informativas, salvo la Especial y Permanente de Cuentas, son órganos complementarios, formados por miembros de todos los grupos municipales en proporción al número de Concejales obtenido por cada uno de ellos y su función principal es el estudio y dictamen de los asuntos que han de tratarse en los Plenos.
La Comisión Especial y Permanente de Cuentas es un órgano obligatorio en todos los Ayuntamientos, cuya función esencial es el estudio y dictamen de los Presupuestos Generales del Ayuntamiento y de la Cuenta General.
Dirección: Plaza de la Constitución, 12 - 1ª Planta.
Horario atención al público: de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas
Teléfono: 91 856 21 58
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web: pptorrelodones.com
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Mociones presentadas en los plenos
Dirección: Plaza de la Constitución, 12 - 2ª Planta.
Teléfonos: 91 859 24 48
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Mociones presentadas en los plenos
Dirección: Plaza de la Constitución, 12 - 2ª Planta.
Horario atención al público: de 9:00 a 14:30 horas
Teléfonos: 91 859 14 11
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En este apartado se expone la información de los expedientes aprobados inicialmente por los órganos de gobierno y sometidos al trámite de información pública con el objetivo de que los ciudadanos puedan formular las alegaciones que considere oportunas. En cada uno de os expedientes se señala el plazo en los que cabe realizar las alegaciones que se consideren.
Una Ordenanza es una disposición o mandato. Es un tipo de norma jurídica que forma parte de un reglamento y que está subordinada a una ley. La ordenanza municipal es aquella dictada por la máxima autoridad de un ayuntamiento (alcalde o alcaldesa) con validez dentro del municipio o territorio.
Tradicionalmente se habla de "Ordenanzas" para referirse a las normas municipales con efectos sobre los ciudadanos y de "Reglamentos" para las normas internas, de autoorganización. Sin embargo se trata de dos términos que expresan una misma realidad jurídica: normas de naturaleza reglamentaria elaboradas por el Pleno de un Ayuntamiento.