Personal Eventual

El personal eventual se define en el Estatuto Básico del Empleado Público en los siguientes términos:

Artículo 12: Personal eventual

  1. Es personal eventual el que, en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios consignados para este fin.
  2. Las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo de este Estatuto determinarán los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas que podrán disponer de este tipo de personal. El número máximo se establecerá por los respectivos órganos de gobierno. Este número y las condiciones retributivas serán públicas.
  3. El nombramiento y cese serán libres. El cese tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento.
  4. La condición de personal eventual no podrá constituir mérito para el acceso a la Función Pública o para la promoción interna.
  5. Al personal eventual le será aplicable, en lo que sea adecuado a la naturaleza de su condición, el régimen general de los funcionarios de carrera.

En el Pleno de Organización del Ayuntamiento de Torrelodones, celebrado el día 18 de junio de 2015 se acordó, por unanimidad de los miembros del mismo, lo siguiente:

“Aprobar la creación de puestos de trabajo de personal eventual que deben dar apoyo y asesoramiento a cada uno de los grupos municipales". Las funciones a realizar son las determinadas en el artículo 12 de la LEBEP. Atendiendo al número de concejales de cada grupo se establecen puestos de trabajo diferenciados:

  1. PERSONAL DE APOYO A GRUPOS CON PLURALIDAD DE CONCEJALES Y ALCALDESA:
    • Retribución Anual: 23.084,46 €
    • Puesto de Trabajo: Uno.
  2. PERSONAL DE APOYO A GRUPOS CON PLURALIDAD DE CONCEJALES:
    • Retribución Anual: 21.584,36 €
    • Puesto de Trabajo: Uno.
  3. PERSONAL DE APOYO A GRUPOS UNIPERSONALES
    • Retribución anual: 20.084,40 € anuales
    • Puestos de trabajo: Tres.”

A propuesta de los diversos grupos municipales y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 de la Ordenanza de Transparencia, Acceso a la Información y reutilización, las personas que actualmente desempeñan puestos de trabajo de personal eventual para cada grupo municipal son las siguientes:

GRUPO MUNICIPAL (ordenados por número de Concejales)

NOMBRE Y APELLIDOS

RETRIBUCIONES ANUALES

VECINOS POR TORRELODONES (Alcaldesa + 11 Concejales)

NORA PATRICIA PEREZ DE SALOMONE

23.084,46 €

PARTIDO POPULAR (6 Concejales)

MARGARITA PÉREZ SANTAMARÍA

21.584,36 €

CONFLUENCIA (1 Concejala)

ANA MARÍA HURTADO RUIZ

20.084,40 €

PARTIDO SOCIALISTA (1 Concejal)

VICTOR IBÁÑEZ PÉREZ

20.084,40 €

 

 

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