¿Pueden los supermercados limitar la cantidad de productos que puede llevarse un consumidor? Hasta ahora, la Ley del Comercio Minorista establecía que los comerciantes no podían limitar el número de productos que puede adquirir cada cliente cuando realiza compras en sus establecimientos.
En el contexto económico actual, con la invasión de Rusia a Ucrania, se ha puesto en riesgo el suministro de determinados productos y la alarma social está provocando, en determinados casos, el acopio compulsivo.
Por ello el gobierno ha realizado la modificación legislativa por la que los supermercados nos podrán racionar las botellas de aceite de girasol o los litros de leche (por ejemplo) que metemos en el carrito en caso de escasez de productos en los lineales.
Aunque algunos hiper y supermercados ya limitaban la cantidad de un producto que podía comprar un cliente, el Decreto Ley publicado en el BOE el día 30.03.2022 autoriza esa práctica con el fin de evitar, en definitiva, posibles desabastecimientos. Por tanto, a partir de ahora, siempre que existan circunstancias de fuerza mayor, las tiendas podrán limitar el número de artículos por persona.
Esta medida no viene a dar carta blanca a los establecimientos para puedan incurrir en actuaciones irregulares, por lo que sus acciones deberán estar justificadas y se deberán adoptar de manera proporcionada.