s. XVII - "Villa de por sí y en sí"

Iglesia 1920

Iglesia Asunción de Nuestra Señora en 1920

Estamos ya en el siglo XVII y Torrelodones se hace aún más visible porque es “muy pasajero” y veremos en el Ducado del Infantado del Infantado (6º, 7º, 8º, 9º y 10º) y el Condado del Real de Manzanares (7º, 8º, 9º, 10º y 11º) a los siguientes personajes, cabezas visibles de nuestra Administración inmediatamente superior:

  • Doña Ana de Mendoza, Vega y Luna (+1633).
  • Don Rodrigo Díaz de Vivar, Mendoza, Vega, Luna y Sandoval -3º Duque de Pastrana- (+1657).
  • Doña Catalina de Mendoza y Sandoval -consorte: Don Rodrigo de Mendoza, Sandoval y Silva, Vega, Luna, 4º Duque de Pastrana- (+1686).
  • Don Gregorio María de Silva y Mendoza (+1693).
  • Don Juan de Dios de Silva y Haro y Mendoza (+1737).

Y los monarcas coetáneos:

  • Felipe III (+1621).
  • Felipe IV (+1665).
  • Carlos II (+1700).

Acaba de comenzar el siglo (1602) y aún no se han acabado las obras de la iglesia de la Asunción de Nuestra Señora, a pesar de que hayan pasado más de cuatro décadas desde que el Vaticano nos concediera el preceptivo permiso en 1563. El motivo, el de casi siempre, la falta de dinero. Esta situación provocará la preocupación de los fieles y autoridades ante la posibilidad de que pudiera malograrse lo ya construido, estando como estaba a la intemperie durante tanto tiempo… porque la madera que está conprada no se pierda… y, también como casi siempre, la única manera de obtener los 500 ducados que se necesitan para la compra de nuevos materiales y la contratación de los obreros que continúen los trabajos de construcción, es pedir permiso al Duque para hacer una sisa sobre los bastimentos, es decir, rebajar las medidas o subir los precios de los artículos cotidianos de primera necesidad:

1602. Galapagar, Torrelodones. Liçençia para echar sisa en el cabrito, carne, toçino y pescado hasta sacar quinientos ducados para la obra de la iglesia. El Real, Galapagar:

Antonio de Zamora, cura propio desta villa [Galapagar] y de su anejo, Latorredelodones le e significado el mal reparo que tiene la iglesia del dicho lugar… la necesidad que se repare y edifique la yglesia dese lugar…

Pero cinco años más tarde aún no se han acabado las obras, ya solo falta el testero della Torre y de cubrir de madera y texa. Nuevamente, se necesita más dinero y habrá que volver a solicitar permiso al Duque para sisar otros 500 ducados, ante la imposibilidad del Ayuntamiento y parroquianos de conseguir el dinero de cualquier otra manera:

1607 para echar sisa para acabar la iglesia:

… la yglesia parrochial del dicho lugar de Torre Lodones, la qual está començada a haçer de cantería y solo falta el testero della torre y de cubrir de madera y texa y otros materiales la qual dicha madera sabe está conprada… declara que la yglesia del dicho lugar no tiene rrenta ninguna más que tan solamente lo que se allega de limosna que es muy poca, ni el Conçexo del dicho lugar no tiene propios ni rrentas…

Por otra parte, respecto a la fecha que hoy podemos ver en su espadaña, 1640, creemos que se corresponde con el año de la finalización de estas obras.

Llegamos a 1629 cuando la Duquesa, Doña Ana de Mendoza, solicita al rey que se “saque” a nuestro pueblo del rastro real o del de Madrid, que suelen confundirse, es decir, que se la exima de las cargas que suponen estar dentro del mal llamado “privilegio de las 5 leguas”. En realidad Torrelodones estaba a 4, 5 ó 6… leguas de Madrid, según la época y si éstas se contaban como comunes, legales, de postas, por lo que más que una medida, era un concepto jurisdiccional y/o contributivo, como más convenga...:

... la duquesa del Infanado dize que tiene en su Casa y Mayorazgo el lugar de Latorredelodones, sito seis leguas y media de la villa de Madrid y atento a las molestias que padeze al estar dentro de las cinco leguas, suplica a su magestad se le saque fuera dellas y servirá a su magestad con cinco mil reales...

Con ello la administración real, de nuevo, obtiene ingresos para sus arcas y la ducal recupera algo de la jurisdicción de su villa, aunque en la práctica, estando tan cerca del Escorial y en un camino tan transitado con Madrid, no dejaríamos de estar en el rastro real y del de Madrid. La atención de las tropas de paso, así como la intromisión en asuntos judiciales por parte de los alcaldes de Corte, seguirán siendo frecuentes.

Como sabemos, desde que llegaran los Austrias a la Corona Española a principios del siglo XVI, España sufre un permanente estado de guerra, lo que supone que las arcas reales estén crónicamente exhaustas. El oro americano no es suficiente y el lucrativo negocio institucional de ventas de oficios, villas, etc. es una buena ayuda. Sirva de ejemplo la "compra" de nuestro villazgo por el que tuvimos que pagar 300 ducados, además del impuesto llamado "media annata" que ascendió a 2.812 maravedís.

Así, el 28 de abril de 1658, el rey Felipe IV daba carta de merced y privilegio de villazgo al lugar de Torrelodones, ante la solicitud de Don Rodrigo de Mendoza, Sandoval y Silva, de la Vega y Luna, duque consorte. Ya conocemos la condición de las mujeres en aquella época que impediría a Doña Catalina de Mendoza y Sandoval firmar un documento de tamaña importancia, a pesar de ser la titular del ducado:

Don Phelipe, por la gracia de Dios, rey de Castilla… por quanto vos, Don Rodrigo de Mendoza, Sandoval y Silva, de la Vega y Luna… me avéis hecho relación que en el Condado Real de Manzanares tenéis algunos lugares, aldeas de la villa de Manzanares y de otras villas que están a dos y tres leguas apartados de ellas, y por sierras donde continuamente los ybiernos se cubren de nieves, no pueden yr a pedir justicia a la villa de cuia jurisdición son, por ser preciso lo agan en primera ynstancia y quando se desazen las nieves crecen las aguas en los arroyos y barrancos de manera que muchas veces les ympide el paso a los vezinos de los dichos lugares con que padecen falta de justicia… suplicándome que porque deseáis aliviar de este travaxo e yncommodidades al dicho lugar de Torrelodones, sea servido de eximirle de la cabeza del partido y de darle título de villa, distinta, con jurisdición y término... he tenido por vien y por la presente de mi propio motu, cierta ciencia y poderío real absoluto de que en esta parte quiero usar y uso como rey y señor natural no rreconociente superior en lo temporal, saco, libro y eximo el dicho lugar de Torrelodones de la jurisdición de alcalde maior de Manzanares y de el de la dicha villa de Galapagar…”

Con la separación jurisdiccional se otorgaba el término municipal propio; la facultad de proponer al duque personas duplicadas para la elección alcaldes ordinarios y de la Hermandad, regidores y procurador general, para que agan cuerpo de ayuntamiento para el govierno de el dicho lugar y sus propios, con condición que en cada un año por fin de él, aga nombramiento...; las insignias de jurisdicción y entre ellas los grillos, de los que tenemos una valiosa imagen en uno de los brazos de la cruz del grabado de Baldi. El escribano y el alguacil los proveía el duque, aunque pagados por el Concejo.

Poco más tarde, en 1667, tiene lugar una revisión de cuentas por parte de la Cancillería ducal y, por esta documentación nos enteramos que el primer Archivo del Ayuntamiento estuvo ubicado en la Iglesia, como era tradicional en la mayoría de pueblos por ser el lugar más respetado y seguro, en concreto, en un nicho que aún hoy conserva restos del anclaje de la portezuela que lo cerraba y que debió hacerse al tiempo que se construía el templo.

En la mencionada inspección se manda al Secretario traer los "papeles" de su Archivo pero no se encuentran allí y, además, el estado del depósito es realmente lamentable...:

...el archivo desta villa, questá en la Yglesia della, en un nicho de la pared, con una puertecilla que tiene un candado pequeño y poco seguro y no ubo inventario, ni libro de raçón, ni menos entrego de unos ofiçiales, pasaron tres. Por cuya caussa su merçed mandó se les aga cargo dello.

En vista de este desgobierno de papeles, se ordena que se refuerce la seguridad del Archivo y que se metan en él todos los documentos del Ayuntamiento:

... que dentro de tres meses agan açer tres llaves para el archibo de papeles que están en la iglesia desta dicha billa y en él entren todos los pribilejios y los demás que tuvieren, haciendo dilixençias para que se rrecobren de quien los tiene; haciendo ynbentario de ellos, y se entreguen a los que les suçedieren con rreçivo…

Por estas fechas (1667-1668) también tiene lugar el viaje a España y Portugal de Cosme III de Médicis. Este noble florentino, como era habitual, se hizo acompañar de un buen dibujante, Pier María Baldi, que dejó un maravilloso álbum con estampas de todos los lugares, Torrelodones entre ellos, por los que pasaban. El comentario descriptivo que acompaña a la ilustración dice: "Torre de los Oydores": “… en la jornada de ida se detuvieron a comer en una aldehuela denominada Torre de los Oidores, probablemente cerca de Torrelodones, lugar miserable situado al pie de unas colinas rocosas”.

Además del caserío a uno y otro lado de la única calle, apenas aparecen un par de soldados llegando a la villa y no se distingue en el caserío indicio alguno de los mesones y tabernas. Muy probablemente Baldi tomó unos apuntes en esa única jornada que paró por aquí y terminó su obra posteriormente, quizá por eso la torre aparece tan “achatada” y se haya olvidado de detalles tan curiosos como el señalamiento de este tipo de establecimientos con carteles o banderines anunciando el servicio que se ofrecían, como una ramita de sarmiento cuando había vino nuevo o un lienzo cuando había camas, etc.

Y también de 1668 son los documentos del AHN que nos hablan de una de las Capellanías (fundaciones perpetuas para la manutención de algún clérigo local mediante los beneficios que generan algunas propiedades), sus cuentas y censos (especie de hipotecas) que hubo en Torrelodones. En concreto de la de "María Martín", con 411 reales de vellón de principal y 20 reales con 22 maravedís de réditos anuales sobre un mesón-posada:

... sepan quantos esta pública scriptura de reconozimiento de zenso al redimir y quitar vieren como yo, Pablo de Alonso, vezino de la villa de la Torre de Lodones... hazemos reconozimiento de çensso... sobre una cassa de morada de mesón que está en la calle Real...

Durante este siglo XVII, seguimos encontrándonos con expedientes de encabezamientos de alcabalas y cartas de poder para diversos negocios administrativos, como esta de 1601 en la que el alcalde, regidores y vecinos asistentes al Concejo …Alonso Lozano, Alcalde, Diego Lázaro, Regidor, Juan Carrasco el Biejo, apoderado y los asistentes Alonso de Caza, Miguel Martínez, León García, , Tomé Cordero, Francisco Muñoz, Juan Gonzalez, Pedro Muñoz, Tomás de Vinatea, Francisco Ballestero, Mateo González,… otorgan poder para representarles a Pedro Muñoz y León García, Francisco Muñoz, Juan González Y Zebrián Cano… por lo que en virtud de este poder se hiçiere so obligación que para ello haçemos de nuestras personas y bienes de los propios y rrentas de este dicho conçejo… por la presente carta de poder otorgamos todo nuestro poder cumplido libre y llenero…

En cuanto a los documentos de hacienda, traemos algunos ejemplos:

En 1603 un documento sobre el pago de una multa administrativa por haber roto las cercas en propiedades linderas de otros municipios, se solicita al duque sacar el dinero necesario del pósito (institución para el crédito agrícola)… tomar prestados del pósito del dicho lugar hasta en cantidad de quatenta y quatro mil maravedís para con ellos pagar las condenaçiones… pareze que el dicho lugar y vezinos dél an tenido algunos pleitos sobre decir avían ronpido en lo público y común y çerca de çiertas heras y hecho algunos ensanches… por no tener propios ningunos con que poder seguir los dichos procesos y pagar las dichas condenaçiones…

En el encabezamiento de las alcabalas de 1620 leemos que los vecinos Miguel Martín y Francisco Delvira… tomaban y tomaron en nombre del Duque, las alcabalas, cuerpos y vientos… preçio y quantía de cada uno de los quatro años de doçientos y setenta mil mrs… más veinte y quatro gallinas buenas y bibas y gordas… más treinta carretadas de leña buenas de encina o roble…

Y en 1657 baja el encabezamiento, quizá como ayuda ante nuestra próxima segregación jurisdiccional. En la carta de obligación figuran los siguiente vecinos, ya en nuestras primeras “Casas de Ayuntamiento”: … estando juntos y congregados en las casas de nuestro ayuntamiento, llamados a son de campana tañida como lo tenemos de uso y costumbre de nos juntar para tratar y conferir las cosas tocantes al bien y pro común deste dicho lugar… Sebastián Mingo alcalde, Francisco Urosa regidor, Alonso de Urosa, Manuel Montero, Andrés Martín, Bartolomé Mingo, Pedro Lázaro, Pedro Sanz, Lorenzo Loçano, Françisco de Segovia, Vitorino Rodríguez, Martín Vicente, Juan López y Pedro Rodríguez.

  • 1620 a 1623: 270.000 maravedís, 24 gallinas buenas, vivas y gordas y 30 carretadas de leña buena de encina o roble.
  • 1657 a 1661: 11.200 maravedís.

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